|
CIRCUITOS DERIVADOS (séptima parte) Referencia artículo: 210-50 a 210-60 de la NOM-001-SEDE-2005 En esta ocasión veremos primero unas disposiciones generales y a continuación trataremos las salidas necesarias de receptáculos, para las unidades de vivienda y para las habitaciones de huéspedes requeridas en los circuitos derivados.Salidas necesarias 210-50. Disposiciones generales. Las salidas de receptáculos deben instalarse como se especifica en 210-52 a 210-60. a) Cordón colgante. Un conectador de cordón que esté soportado en un cordón colgante instalado permanentemente, se considera como salida para receptáculo. b) Conexiones de cordón. Debe instalarse una salida para receptáculo siempre que se utilicen cordones flexibles con clavija de conexión. Cuando se permita que los cordones flexibles estén conectados permanentemente, se permite suprimir los receptáculos para dichos cordones. c) Salidas para aparatos electrodomésticos. Las salidas para receptáculos instaladas en una vivienda con aparatos electrodomésticos específicos, tales como equipo de lavandería, deben instalarse a menos de 1,8 m del lugar definido para colocar el aparato electrodoméstico. 210-52. Salidas para receptáculos en unidades de vivienda a) Disposiciones generales. En los cuartos de cocina, sala de estar, salas, salones, bibliotecas, cuartos de estudio, solarios, comedor, recibidor, vestíbulo, biblioteca, terraza, recámara, cuarto de recreo o cualquier habitación similar en unidades de vivienda, deben instalarse salidas para receptáculos de acuerdo con las disposiciones siguientes: 1) Separación. Las salidas para receptáculos deben instalarse de modo que ningún punto a largo de la línea del suelo de cualquier espacio de la pared esté a más de 1,8 m, medidos horizontalmente, de una salida para receptáculo en ese espacio. 2) Espacio de pared: Para los efectos de este Artículo debe entenderse "espacio de pared" lo siguiente:* Los incisos 1) y 2) pueden complementarse con la p. 18 de nuestra revista número 27, “Casa NOM”, donde aparece un ejemplo práctico esto meterlo como nota a pie a) Cualquier espacio de 60 cm o más de ancho inclusive el espacio que se mida al doblar las esquinas y no interrumpido por aberturas de puertas, chimeneas o similares. b) El espacio ocupado por paneles fijos en la pared, excepto los deslizantes. c) El espacio producido por divisores de ambiente fijos tales como mostradores independientes tipo bar o barandas. 3) Receptáculos de piso. Los receptáculos de piso no deben contarse como parte del número requerido de salidas de receptáculos, a menos que estén localizados a una distancia máxima de 45 cm de la pared. b) Aparatos electrodomésticos pequeños. En la cocina, desayunador, comedor o áreas similares en las unidades de vivienda, se requiere de dos o más circuitos derivados de 20 A para aparatos electrodomésticos pequeños, deben alimentar únicamente las salidas de receptáculos mencionados. Para la salida del receptáculo para conexión del refrigerador se permite instalar un circuito derivado independiente de 15 A o más. c) Receptáculos en mostradores y barras de cocina. En las cocinas, cuartos de baño y comedores de las unidades de vivienda los receptáculos no deben instalarse con la cara hacia arriba en las superficies de trabajo. Los receptáculos no deben instalarse a más de 50 cm arriba del mostrador. ![]() d) Sótanos y cocheras. En las viviendas unifamiliares, en cada sótano y en cada cochera adyacente y en las cocheras independientes con instalación eléctrica, debe instalarse por lo menos una salida para receptáculo, además de la prevista para el equipo de lavandería. Asimismo se debe proteger a las personas mediante un interruptor con protección de falla a tierra (ICFT) en las cocheras y partes de las construcciones sin terminar situadas a nivel del piso, que se utilicen como zonas de almacén o de trabajo, y en las galerías donde sólo se puede circular a gatas, cuando estén al nivel del piso o inferiores. e) Areas de lavandería. En unidades de vivienda debe instalarse por lo menos un receptáculo para el área de lavandería. Se debe instalar un circuito derivado independiente de 20 A para salida del receptáculo para conexión en al área de lavandería. Excepción: En viviendas multifamiliares que cuenten con área de lavandería de uso general no se requiere receptáculo para lavandería en cada unidad habitacional. f) En baños de unidades de vivienda debe instalarse cuando menos una salida para receptáculo de 20 A, en la pared cerca de cada lavabo, debiendo ésta contar con interruptor de circuito por falla a tierra, véase 210-8(a)(1). g) En exteriores de unidades de vivienda debe instalarse cuando menos una salida para receptáculo, protegiendo a las personas mediante ICFT. 210-60. Habitaciones de huéspedes. Las habitaciones de huéspedes de los hoteles, moteles y edificios similares deben tener instaladas salidas para receptáculos según se indica en 210-52. En los cuartos de baño se debe proteger a las personas mediante ICFT. Excepción: En las habitaciones de hoteles y moteles se permite que las salidas para receptáculos necesarias según lo establecido en 210-52(a), estén situadas del modo más cómodo para la instalación permanente de los muebles, siendo fácilmente accesibles. |